domingo, 6 de diciembre de 2015
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 2015
ASAMBLEA GENERAL
ORDINARIA 2015 SAM CCF
El Secretariado del SAM CCF (Sindicato de Accionistas
Minoritarios del Córdoba CF) convoca Asamblea
General Ordinaria del Sindicato para el próximo jueves día 10 de
diciembre de 2015 a las 20:30 horas en el Real Círculo de la Amistad.
Los puntos del Orden del Día a tratar en la misma serán:
1.- Análisis y evaluación de la gestión económica, deportiva
y social temporada 14/15 del Córdoba C.F.
2.- Análisis y evaluación de las cuentas del Córdoba C.F. a
cierre de junio y presupuesto para la 15/16.
3.- Votación de los puntos del Orden del Día de las Juntas
Ordinaria y Extraordinaria del Córdoba C.F. de 30 de diciembre.
4.- Presentación de candidaturas y votación en su caso de
los representantes del Sindicato de cara a ambas Juntas.
5.- Organización de la intervención del Sindicato en las
Juntas Ordinaria y Extraordinaria del Córdoba C.F. de 30 de diciembre.
6.- Ruegos y preguntas.
La segunda convocatoria, es decir, en el caso de no obtener
el quórum necesario, tendría lugar el mismo día y lugar a las 20:45 horas.
Todos y solo los accionistas sindicados, podrán acudir a la
Asamblea y tener voz y voto. En ella podrán si lo desean, presentar su
candidatura a representar al Sindicato y ser elegidos.
Los accionistas sindicados que deseen presentar su
candidatura a representar al sindicato deberán venir provistos de una fotocopia
del DNI.
También podrá presentar su candidatura a representar al SAM
cualquier persona ajena al sindicato (sea o no accionista), si es propuesto y
votado por unanimidad de los accionistas sindicados asistentes.
Los anteriores deben mandar un email a sindicato@minoritariosccf.com
adjuntando una fotocopia del DNI en el propio email, exponiendo porqué desean representar
al Sindicato, y obligándose a firmar un compromiso de aceptación del Pacto de
Sindicación y traslado de los acuerdos adoptados en la Asamblea así como de
mantener las líneas de actuación, fórmulas y protocolos dictaminados por el
Sindicato en las propias Juntas para las que estarían habilitados. El
Secretariado del SAM se reserva el derecho de ejercer con toda la contundencia
que permita la Ley, la defensa de los intereses del Sindicato en caso de
incumplimiento del compromiso de
aceptación.