domingo, 6 de diciembre de 2015

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 2015

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 2015 SAM CCF

El Secretariado del SAM CCF (Sindicato de Accionistas Minoritarios del Córdoba CF) convoca Asamblea General Ordinaria del Sindicato para el próximo jueves día 10 de diciembre de 2015 a las 20:30 horas en el Real Círculo de la Amistad.

Los puntos del Orden del Día a tratar en la misma serán:

1.- Análisis y evaluación de la gestión económica, deportiva y social temporada 14/15 del Córdoba C.F.
2.- Análisis y evaluación de las cuentas del Córdoba C.F. a cierre de junio y presupuesto para la 15/16.
3.- Votación de los puntos del Orden del Día de las Juntas Ordinaria y Extraordinaria del Córdoba C.F. de 30 de diciembre.
4.- Presentación de candidaturas y votación en su caso de los representantes del Sindicato de cara a ambas Juntas.
5.- Organización de la intervención del Sindicato en las Juntas Ordinaria y Extraordinaria del Córdoba C.F. de 30 de diciembre.
6.- Ruegos y preguntas.

La segunda convocatoria, es decir, en el caso de no obtener el quórum necesario, tendría lugar el mismo día y lugar a las 20:45 horas.

Todos y solo los accionistas sindicados, podrán acudir a la Asamblea y tener voz y voto. En ella podrán si lo desean, presentar su candidatura a representar al Sindicato y ser elegidos.
Los accionistas sindicados que deseen presentar su candidatura a representar al sindicato deberán venir provistos de una fotocopia del DNI.

También podrá presentar su candidatura a representar al SAM cualquier persona ajena al sindicato (sea o no accionista), si es propuesto y votado por unanimidad de los accionistas sindicados asistentes.

Los anteriores deben mandar un email a sindicato@minoritariosccf.com adjuntando una fotocopia del DNI en el propio email, exponiendo porqué desean representar al Sindicato, y obligándose a firmar un compromiso de aceptación del Pacto de Sindicación y traslado de los acuerdos adoptados en la Asamblea así como de mantener las líneas de actuación, fórmulas y protocolos dictaminados por el Sindicato en las propias Juntas para las que estarían habilitados. El Secretariado del SAM se reserva el derecho de ejercer con toda la contundencia que permita la Ley, la defensa de los intereses del Sindicato en caso de incumplimiento del  compromiso de aceptación.